Los Convenios de La Haya, adoptados en las conferencias de paz de 1899 y 1907, fueron el primer intento sistemático de la comunidad internacional de codificar las leyes y costumbres de la guerra. Estas normas, que regulaban los métodos de combate, el trato a los prisioneros y la protección de la propiedad civil, representaban la convicción de que incluso la guerra debía someterse a reglas. La SGM puso a prueba este ideal con una brutalidad que superó todo lo imaginable: las normas fueron violadas masivamente por todos los beligerantes, pero también proporcionaron la base jurídica sobre la que se juzgó a los criminales de guerra en Núremberg y Tokio. La relación entre los Convenios de La Haya y la SGM es la historia de un derecho que fue aplastado por la realidad y que, paradójicamente, resurgió más fuerte de sus cenizas.

El Palacio de la Paz de La Haya
El Palacio de la Paz de La Haya, símbolo del esfuerzo internacional por someter la guerra a normas de humanidad. Fotógrafo desconocido · Dominio público

Las conferencias de La Haya

La Primera Conferencia de Paz de La Haya, convocada por el zar Nicolás II de Rusia en 1899, reunió a 26 estados con el ambicioso objetivo de limitar el armamento y prevenir la guerra. Aunque fracasó en su propósito principal, la conferencia produjo tres convenciones y tres declaraciones que sentaron las bases del derecho de guerra moderno.

La convención más importante de 1899 fue la relativa a las leyes y costumbres de la guerra terrestre, que incluía un reglamento anexo con normas sobre el trato a los prisioneros, la conducta de las operaciones militares, la prohibición de ciertos métodos de combate y la protección de la propiedad enemiga. La famosa cláusula Martens establecía que, en los casos no cubiertos por las convenciones, las personas debían estar protegidas por los principios del derecho de gentes, las leyes de la humanidad y los dictados de la conciencia pública.

La Segunda Conferencia de La Haya de 1907, más ambiciosa, produjo trece convenciones que ampliaron y detallaron las normas de 1899. Se regularon el comienzo de las hostilidades (obligación de declarar la guerra), los derechos y deberes de los estados neutrales, el bombardeo por fuerzas navales, la colocación de minas submarinas y numerosos aspectos de la guerra terrestre y marítima.

Las normas relevantes para la SGM

Varias disposiciones de los Convenios de La Haya fueron directamente relevantes para los conflictos de la SGM. El Reglamento sobre las leyes y costumbres de la guerra terrestre (anexo a la IV Convención de 1907) establecía normas fundamentales que fueron sistemáticamente violadas.

El artículo 23 prohibía emplear veneno o armas envenenadas, matar o herir a enemigos que se hubieran rendido, declarar que no se daría cuartel y emplear armas, proyectiles o materiales que causaran sufrimientos innecesarios. Alemania violó estas normas con el uso de gas Zyklon B en las cámaras de exterminio, los japoneses con las armas biológicas de la Unidad 731 y múltiples beligerantes con diversas prácticas prohibidas.

Los artículos 42 a 56, que regulaban la ocupación militar, establecían que el ocupante debía respetar las leyes vigentes en el territorio ocupado, proteger la propiedad privada y mantener el orden público. La ocupación nazi de Europa violó estas normas de forma masiva y sistemática: confiscaciones, deportaciones, trabajo forzado, destrucción de bienes culturales y explotación económica fueron la norma, no la excepción.

La IV Convención de 1907 sobre bombardeo naval contenía la prohibición de bombardear ciudades, pueblos y edificios no defendidos. Aunque se refería específicamente al bombardeo naval, el principio de protección de las poblaciones civiles fue invocado en relación con los bombardeos aéreos de la SGM, desde el bombardeo de Varsovia hasta Hiroshima y Nagasaki .

Las violaciones durante la SGM

La SGM fue el conflicto que más flagrantemente violó los Convenios de La Haya. La lista de infracciones es interminable y abarca a todos los beligerantes, aunque la escala y sistematicidad de las violaciones variaron enormemente.

Alemania violó prácticamente todas las normas aplicables: inició guerras de agresión sin declaración formal, ejecutó a prisioneros de guerra, deportó y esclavizó a poblaciones civiles, saqueó bienes culturales, utilizó represalias colectivas contra civiles y perpetró el Holocausto, un crimen que los redactores de las convenciones no habían podido imaginar.

Japón, como ya se señaló, no había ratificado la Convención de Ginebra de 1929 sobre prisioneros de guerra, pero estaba vinculado por los Convenios de La Haya, que violó sistemáticamente: la masacre de Nankín, la marcha de la muerte de Bataan , los experimentos de la Unidad 731 y el maltrato generalizado de prisioneros y civiles fueron infracciones masivas del derecho de guerra.

Los Aliados también violaron normas de La Haya, aunque en menor escala. Los bombardeos de área contra ciudades alemanas y japonesas —Hamburgo, Dresde, Tokio, Hiroshima— difícilmente podían conciliarse con el principio de protección de las poblaciones civiles. La cuestión de si estos bombardeos constituyeron crímenes de guerra sigue siendo debatida.

Los Convenios de La Haya en Núremberg

Los Convenios de La Haya proporcionaron una de las bases jurídicas fundamentales para los juicios de Núremberg. El Tribunal Militar Internacional estableció que las normas de La Haya habían adquirido el carácter de derecho consuetudinario internacional, vinculante para todos los estados independientemente de su ratificación formal.

Los acusados de Núremberg fueron juzgados, entre otros cargos, por crímenes de guerra definidos como violaciones de las leyes y costumbres de la guerra, incluyendo las normas de La Haya. El tratamiento de los prisioneros de guerra soviéticos, la deportación de trabajadores forzados, el saqueo de bienes culturales y la destrucción de ciudades fueron juzgados como infracciones de los convenios.

El principio más importante establecido en Núremberg fue que los individuos son responsables de las violaciones del derecho de guerra, no solo los estados. Un soldado u oficial que cumple órdenes ilegales no puede invocar la obediencia debida como defensa si las órdenes constituyen crímenes de guerra evidentes. Este principio, que tenía antecedentes en la jurisprudencia anterior, fue consolidado definitivamente por los juicios de posguerra.

El legado y la evolución posterior

Los Convenios de La Haya, pese a ser masivamente violados durante la SGM, emergieron del conflicto reforzados en su autoridad moral y jurídica. La experiencia de la guerra demostró que las normas eran insuficientes —no protegían adecuadamente a los civiles ni contenían mecanismos de aplicación efectivos—, pero también que eran indispensables como referencia de lo que el derecho humanitario debía aspirar a garantizar.

Las Convenciones de Ginebra de 1949 fueron la respuesta directa a las deficiencias reveladas por la SGM. Donde La Haya había establecido normas generales, Ginebra las detalló y amplió. Donde La Haya había dejado a los civiles sin protección específica, Ginebra dedicó una convención entera a ellos. Los Protocolos Adicionales de 1977 completaron la evolución, regulando aspectos de la conducción de las hostilidades que La Haya había tratado insuficientemente.

Hoy, los Convenios de La Haya y las Convenciones de Ginebra constituyen conjuntamente el corpus del derecho internacional humanitario. Su coexistencia refleja un siglo de esfuerzos por someter la guerra a normas de humanidad. Que esos esfuerzos hayan sido imperfectos no los hace inútiles: cada norma respetada, cada prisionero protegido, cada civil salvado es una victoria del derecho sobre la barbarie.